La Contraloría General de la República continúa impulsando el proceso de reforma dispuesto por el Gobierno del presidente Luis Abinader. Esta vez instauró el Sistema Nacional de Control Interno en las municipalidades y creó la estructura operativa para el recién designado Consejo Nacional de Control Interno.
Sistema Nacional de Control Interno en las municipalidades
Con
el propósito de regular el manejo financiero de los recaudos y fomentar la
cultura de transparencia, la Contraloría General de la República instituyó,
mediante la Resolución No. IN-CGR-RCNCI-2021-01, el Sistema Nacional de Control
Interno en las municipalidades de la República Dominicana.
El
documento emitido por el contralor general de la República, Luis Rafael Delgado
Sánchez, dispone el cambio de nombre del Departamento de Ayuntamiento de la
Contraloría General de la República, el cual se denominará en lo adelante
“Departamento de Control Interno de Municipalidades”. Asimismo, ordena la
adecuación y estructuración del mismo para la debida implementación de este
sistema de control, según los requerimientos constitucionales.
Para
los fines del establecimiento del Sistema de Control Interno en las
municipalidades, la norma también dispone la instalación y formación del
personal técnico para el uso del “Repositorio de Centralización de Información
Financiera del Estado (CIFE)”; del Ministerio de Hacienda, para el registro de
las informaciones presupuestarias del nivel municipal, con la finalidad de
facilitar la elaboración de los informes presupuestarios y estados financieros
para la rendición de cuentas y toma de decisiones de las autoridades y su
publicación periódica.
Corresponderá
a la Dirección de Auditoría Interna, por intermedio del Departamento Control
Interno de Municipalidades, desarrollar e implementar un Programa de Inducción
sobre el Sistema Nacional de Control Interno (SINACI), con el apoyo de la
Dirección de Desarrollo Normativo de la Contraloría General de la República
para la formación del personal directivo y supervisor de las municipalidades.
También
se efectuará un levantamiento para determinar las características y condiciones
de los ayuntamientos a los que se les aplicará el Sistema de Control Interno;
se hará una clasificación de estos, utilizando como parámetro la asignación
presupuestaria, la cantidad de munícipes, los ingresos por arbitrios y los
resultados de la evaluación de la gestión de riesgos, para designar las
adecuadas estructuras de las Unidades de Control Interno.
Estructura Operativa para el Consejo Nacional de Control
Interno
La
Contraloría General de la República (CGR) también dispuso la creación de la
estructura operativa del recién juramentado Consejo Nacional de Control Interno,
según lo consigna la Resolución No. IN-CGR-RES-2021-0001, emitida por el
contralor general Luis Rafael Delgado Sánchez.
La
misma establece que el referido Consejo deberá estar conformado por una Junta
Consultiva y una Unidad Operativa, que estará presidida por el Secretario
Ejecutivo del Consejo Nacional de Control Interno.
Esta
normativa modifica el artículo cuarto de la Resolución 09-2020, de fecha 16 de
noviembre de 2020, para que en lo adelante diga: “La Junta Consultiva del
Consejo Nacional de Control Interno se reunirá cada (30) treinta días de manera
ordinaria, y de manera extraordinaria, cuantas veces las circunstancias lo
demanden por convocatoria del Contralor General de la República, en su
condición de presidente del Consejo”.
La
Unidad Operativa del Consejo Nacional de Control Interno, está Integrada por
las siguientes direcciones de la Contraloría General de la República: a)
Dirección de Desarrollo Normativo; b) Dirección de Auditoría Interna; c)
Dirección de Auditorías Especiales; d) Dirección de Registro de Contratos; e)
Dirección de Tecnología de la información; f) Dirección de Comunicaciones; g)
Dirección de Revisión y Análisis y h) Dirección de las Unidades de Auditoría
Interna.
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